Deberán actualizar la información quincenalmente y de forma acumulativa.
Toluca de Lerdo, Estado de México, a 6 de abril de 2022.- El Grupo Parlamentario del PRI, encabezado por Elías Rescala en la LXI Legislatura, propone establecer como obligación que los ayuntamientos generen un listado digital, a través de la página web de sus gobiernos, donde deberán mostrar, así como actualizar cada quince días y de forma acumulativa, la información sobre todos los permisos que otorguen y estén relacionados con el impacto urbano.
El Diputado Guillermo Zamacona Urquiza presentó esta iniciativa con proyecto de decreto, debido a que el acceso a la información y la rendición de cuentas, son pilares indispensables de la democracia que garantizan la transparencia de los actos de gobierno, disuaden los actos de corrupción y dan certeza jurídica, así como social a la ciudadanía.
Señaló que en la entidad, las autoridades municipales y estatales, tienen la obligación de remitir mensualmente al Sistema Estatal de Información de Desarrollo Urbano, los procesos de las obras, permisos y licencias de construcción que expiden.
Sin embargo, dijo que actualmente no existe una forma sencilla y amigable para que el ciudadano se entere de las autorizaciones de impacto urbano que la autoridad emite en su propia comunidad, colonia o municipio.
En este contexto, el legislador priista consideró que es necesario que las autoridades municipales actualicen de manera quincenal y de forma acumulativa un listado digital que contenga la siguiente información: 1) Autoridad que emite el acto; 2) Objeto de la autorización; 3) Fecha de expedición; 4) Vigencia del documento; 5) Número de autorización que se expide; 6) Lugar donde se emite; 7) Nombre y cargo del funcionario que autoriza; 8) Domicilio de la unidad económica o proyecto; y 9) Tipo de obra o destino de la obra.
“Lo anterior deberá aplicar a todas las licencias de uso de suelo; autorizaciones de cambio de uso de suelo, de densidad, de los coeficientes de ocupación y de utilización del suelo, como de altura de edificaciones; así como para la expedición de licencias de construcción y sus respectivas constancias de terminación de obra; factibilidad de otorgamiento de servicios de agua, drenaje, alcantarillado, tratamiento de aguas residuales y permisos para el derribo de árboles que haya emitido el municipio con el fin de autorizar o permitir edificación de viviendas, comercios o industrias de impacto urbano, y las demás señaladas en el artículo 5.35 del Código Administrativo del Estado de México”, refirió Zamacona Urquiza.
Con esta propuesta se reforma el inciso f) de la fracción I del artículo 94 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de México y Municipios.
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